Proceso de toma de decisiones

Según el Estatuto vigente, CAPÍTULO II - Artículo 13

El Gobierno institucional, es ejercido por los siguientes estamentos.

  • - Dirección General
  • - Consejo Superior Institucional

Art.18º.-Son atribuciones y deberes del Director General:

  1. Ejercer la conducción, administración y representación del ISE.
  2. Cumplir y hacer cumplir este Estatuto, los reglamentos y las demás disposiciones que se relacionen con la administración institucional.
  3. Impulsar las acciones tendientes a la implementación de las políticas educativas nacionales e institucionales.
  4. Liderar los procesos participativos de la planificación estratégica institucional; promover la investigación, la extensión, la experimentación pedagógica y la innovación educativa.
  5. Velar por el cumplimiento de las exigencias administrativas y académicas de los proyectos educativos reglamentados por el Consejo Nacional de Educación Superior.
  6. Convocar y presidir las deliberaciones del Consejo Superior Institucional, con voz y voto, y decidir en caso de empate.
  7. Designar al personal con cargo de confianza, conforme con las disposiciones de este Estatuto.
  8. Asignar y reasignar funciones al personal docente, técnico, administrativo y de servicios de la Institución, a las resultas de los procedimientos de selección y evaluación.
  9. Adoptar medidas necesarias y urgentes para el buen gobierno de la institución, con cargo de rendir cuentas ante el Consejo Superior Institucional y el Consejo Nacional de Educación Superior.
  10. Gestionar, ante las instancias correspondientes, los recursos necesarios para el funcionamiento de la institución y velar por su óptima utilización para el cumplimiento de los fines institucionales.
  11. Suscribir los títulos, diplomas, certificados, constancias, distinciones y honores institucionales, de acuerdo con este Estatuto y las reglamentaciones vigentes, conjuntamente con la Secretaría General.
  12. Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Institución y someter a la aprobación del Consejo Superior Institucional.
  13. Remitir a la autoridad nacional competente el Presupuesto Anual de la institución.
  14. Remitir informes de gestión y rendición de cuentas de la administración financiera del ejercicio fiscal correspondiente.
  15. Disponer los pagos previstos en el presupuesto de la institución, conforme con la programación, asesoramiento y determinaciones de la Dirección de Administración y Finanzas.
  16. Ejercer la administración general de los bienes patrimoniales y rentas institucionales y de los mismos rendir cuentas a las instancias administrativas y financieras del Ministerio de Educación y Cultura.
  17. Delegar competencias y funciones al personal dependiente de conformidad con la legislación vigente.
  18. Conceder permisos, autorizar movimientos temporales de los/as funcionarios/as permanentes y solicitar, si fuese necesario, los comisionamientos de funcionarios/as a la institución;
  19. Ordenar la remisión al Ministerio de Educación y Cultura (MEC), al Consejo Nacional de Educación Superior y a la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES) la documentación académica y administrativa de la institución, según el marco legal vigente.
  20. Dictar resoluciones institucionales conforme a las competencias que le otorgan este Estatuto y los reglamentos.
  21. Suscribir convenios y acuerdos interinstitucionales.
  22. Elegir y poder ser elegido/a para formar parte del Consejo Nacional de Educación Superior u otros órganos colegiados.
  23. Ordenar la instrucción de sumarios y aplicar sanciones a docentes, estudiantes y personal técnico-administrativo, conforme al régimen disciplinario.
  24. Ejercer funciones derivadas de su cargo que le fuesen atribuidas por la legislación vigente, el presente Estatuto y las que le encomiende el Consejo Nacional de Educación Superior.

Art. 22º.-El Consejo Superior Institucional es un órgano colegiado y deliberante de gobierno, con la función de velar por los fines y objetivos institucionales, trazar las políticas generales de la institución y tomar las decisiones dentro del ámbito de su competencia.Se regirá según la normativa reglamentaria prevista para su conformación y funcionamiento.

Art. 23º.-El Consejo Superior Institucional estará integrado por:

  • El Director General del ISE
  • El Director Académico
  • El Director de Extensión
  • El Director de Investigación
  • El Director de Recursos Humanos
  • El Director de Administración y Finanzas
  • Dos representantes titulares del personal docente de la institución
  • Un representante del personal técnico, administrativo y de servicios.
  • Dos representantes titulares de los estudiantes de la institución
  • Un representante de los egresados de la institución
  • El Secretario General ejercerá la función de secretaría de este Consejo, con carácterno deliberante.

En todos los casos, los representantes de los docentes, de los egresados, de estudiantes y del personal técnico-administrativo, deberán contar con sus respectivos suplentes.Durarán en sus funciones dos años y pueden ser reelectos.


CAPÍTULO V

ATRIBUCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR INSTITUCIONAL

Art. 24º.-El Consejo Superior Institucional, como órgano de gobierno del ISE, tiene las siguientes funciones:

  1. Establecer un marco de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.
  2. Analizar las situaciones planteadas en ejercicio de la gestión institucional y proponer soluciones.
  3. Colaborar para la adecuada toma de decisiones en aspectos relacionados con el ámbito institucional e impulsar mecanismos de mejoramiento de los servicios ofrecidos.
  4. Proponer lineamientos orientadores para la política institucional.
  5. Plantear la modificación del Estatuto con expresión de motivos.
  6. Analizar y aprobar los proyectos de inversión presentados por la Dirección General o las Direcciones.
  7. Estudiar y proponer la modificación de la estructura orgánica administrativa y académica de la institución en base a las formalidades y a las exigencias administrativas y académicas, definidas por el Consejo Nacional de Educación Superior.
  8. Proyectar propuestas de normativas a ser incorporadas en los Reglamentos de las diferentes instancias de la institución.
  9. Estudiar y aprobar el anteproyecto de Presupuesto Anual del ISE y proponer modificaciones, si fueran necesarias.
  10. Aprobar las propuestas de aranceles fijados por la Dirección de Administración y Finanzas, conforme con las carreras ofertadas e implementadas.
  11. Aprobar cuentas de inversión presentadas por la Dirección General.
  12. Aprobar proyectos académicos, de investigación y de extensión, así como reglamentos internos propuestos por las direcciones de nivel.
  13. Establecer el calendario académico de la institución.
  14. Establecer las condiciones de adjudicación de becas o exoneraciones.
  15. Otorgar reconocimientos por obras, trabajos, investigaciones o aportes significativos a la institución, que realicen los miembros de la comunidad educativa y personas notables de la sociedad educativa nacional e internacional.
  16. Constituirse en instancia jurisdiccional para el juzgamiento del Director General, los Directores, el Secretario General y los miembros del Consejo Superior Institucional, por denuncias de mal desempeño de funciones.
  17. Conformar el Tribunal Electoral Independiente, encargado de la realización y juzgamiento de los comicios para la elección de los miembros de este Consejo.
  18. Conceder permiso al Director General para el cumplimiento de misiones institucionales.
  19. Designar encargado de Despacho de la Dirección General, a propuesta del Director General, hasta tanto dure el permiso por cumplimiento de misión institucional.
  20. Atender y resolver, en grado de reconsideración, las resoluciones y sanciones aplicadas por la Dirección General.