Según el Estatuto vigente, CAPÍTULO II - Artículo 13
El Gobierno institucional, es ejercido por los siguientes estamentos.
- - Dirección General
- - Consejo Superior Institucional
Art.18º.-Son atribuciones y deberes del Director General:
- Ejercer la conducción, administración y representación del ISE.
- Cumplir y hacer cumplir este Estatuto, los reglamentos y las demás disposiciones que se relacionen con la administración institucional.
- Impulsar las acciones tendientes a la implementación de las políticas educativas nacionales e institucionales.
- Liderar los procesos participativos de la planificación estratégica institucional; promover la investigación, la extensión, la experimentación pedagógica y la innovación educativa.
- Velar por el cumplimiento de las exigencias administrativas y académicas de los proyectos educativos reglamentados por el Consejo Nacional de Educación Superior.
- Convocar y presidir las deliberaciones del Consejo Superior Institucional, con voz y voto, y decidir en caso de empate.
- Designar al personal con cargo de confianza, conforme con las disposiciones de este Estatuto.
- Asignar y reasignar funciones al personal docente, técnico, administrativo y de servicios de la Institución, a las resultas de los procedimientos de selección y evaluación.
- Adoptar medidas necesarias y urgentes para el buen gobierno de la institución, con cargo de rendir cuentas ante el Consejo Superior Institucional y el Consejo Nacional de Educación Superior.
- Gestionar, ante las instancias correspondientes, los recursos necesarios para el funcionamiento de la institución y velar por su óptima utilización para el cumplimiento de los fines institucionales.
- Suscribir los títulos, diplomas, certificados, constancias, distinciones y honores institucionales, de acuerdo con este Estatuto y las reglamentaciones vigentes, conjuntamente con la Secretaría General.
- Elaborar el anteproyecto de Presupuesto Anual de la Institución y someter a la aprobación del Consejo Superior Institucional.
- Remitir a la autoridad nacional competente el Presupuesto Anual de la institución.
- Remitir informes de gestión y rendición de cuentas de la administración financiera del ejercicio fiscal correspondiente.
- Disponer los pagos previstos en el presupuesto de la institución, conforme con la programación, asesoramiento y determinaciones de la Dirección de Administración y Finanzas.
- Ejercer la administración general de los bienes patrimoniales y rentas institucionales y de los mismos rendir cuentas a las instancias administrativas y financieras del Ministerio de Educación y Cultura.
- Delegar competencias y funciones al personal dependiente de conformidad con la legislación vigente.
- Conceder permisos, autorizar movimientos temporales de los/as funcionarios/as permanentes y solicitar, si fuese necesario, los comisionamientos de funcionarios/as a la institución;
- Ordenar la remisión al Ministerio de Educación y Cultura (MEC), al Consejo Nacional de Educación Superior y a la Agencia Nacional de Evaluación y Acreditación de la Educación Superior (ANEAES) la documentación académica y administrativa de la institución, según el marco legal vigente.
- Dictar resoluciones institucionales conforme a las competencias que le otorgan este Estatuto y los reglamentos.
- Suscribir convenios y acuerdos interinstitucionales.
- Elegir y poder ser elegido/a para formar parte del Consejo Nacional de Educación Superior u otros órganos colegiados.
- Ordenar la instrucción de sumarios y aplicar sanciones a docentes, estudiantes y personal técnico-administrativo, conforme al régimen disciplinario.
- Ejercer funciones derivadas de su cargo que le fuesen atribuidas por la legislación vigente, el presente Estatuto y las que le encomiende el Consejo Nacional de Educación Superior.
Art. 22º.-El Consejo Superior Institucional es un órgano colegiado y deliberante de gobierno, con la función de velar por los fines y objetivos institucionales, trazar las políticas generales de la institución y tomar las decisiones dentro del ámbito de su competencia.Se regirá según la normativa reglamentaria prevista para su conformación y funcionamiento.
Art. 23º.-El Consejo Superior Institucional estará integrado por:
- El Director General del ISE
- El Director Académico
- El Director de Extensión
- El Director de Investigación
- El Director de Recursos Humanos
- El Director de Administración y Finanzas
- Dos representantes titulares del personal docente de la institución
- Un representante del personal técnico, administrativo y de servicios.
- Dos representantes titulares de los estudiantes de la institución
- Un representante de los egresados de la institución
- El Secretario General ejercerá la función de secretaría de este Consejo, con carácterno deliberante.
En todos los casos, los representantes de los docentes, de los egresados, de estudiantes y del personal técnico-administrativo, deberán contar con sus respectivos suplentes.Durarán en sus funciones dos años y pueden ser reelectos.
CAPÍTULO V
ATRIBUCIONES DEL CONSEJO SUPERIOR INSTITUCIONAL
Art. 24º.-El Consejo Superior Institucional, como órgano de gobierno del ISE, tiene las siguientes funciones:
- Establecer un marco de participación de los distintos sectores de la comunidad educativa.
- Analizar las situaciones planteadas en ejercicio de la gestión institucional y proponer soluciones.
- Colaborar para la adecuada toma de decisiones en aspectos relacionados con el ámbito institucional e impulsar mecanismos de mejoramiento de los servicios ofrecidos.
- Proponer lineamientos orientadores para la política institucional.
- Plantear la modificación del Estatuto con expresión de motivos.
- Analizar y aprobar los proyectos de inversión presentados por la Dirección General o las Direcciones.
- Estudiar y proponer la modificación de la estructura orgánica administrativa y académica de la institución en base a las formalidades y a las exigencias administrativas y académicas, definidas por el Consejo Nacional de Educación Superior.
- Proyectar propuestas de normativas a ser incorporadas en los Reglamentos de las diferentes instancias de la institución.
- Estudiar y aprobar el anteproyecto de Presupuesto Anual del ISE y proponer modificaciones, si fueran necesarias.
- Aprobar las propuestas de aranceles fijados por la Dirección de Administración y Finanzas, conforme con las carreras ofertadas e implementadas.
- Aprobar cuentas de inversión presentadas por la Dirección General.
- Aprobar proyectos académicos, de investigación y de extensión, así como reglamentos internos propuestos por las direcciones de nivel.
- Establecer el calendario académico de la institución.
- Establecer las condiciones de adjudicación de becas o exoneraciones.
- Otorgar reconocimientos por obras, trabajos, investigaciones o aportes significativos a la institución, que realicen los miembros de la comunidad educativa y personas notables de la sociedad educativa nacional e internacional.
- Constituirse en instancia jurisdiccional para el juzgamiento del Director General, los Directores, el Secretario General y los miembros del Consejo Superior Institucional, por denuncias de mal desempeño de funciones.
- Conformar el Tribunal Electoral Independiente, encargado de la realización y juzgamiento de los comicios para la elección de los miembros de este Consejo.
- Conceder permiso al Director General para el cumplimiento de misiones institucionales.
- Designar encargado de Despacho de la Dirección General, a propuesta del Director General, hasta tanto dure el permiso por cumplimiento de misión institucional.
- Atender y resolver, en grado de reconsideración, las resoluciones y sanciones aplicadas por la Dirección General.